
El acoso laboral es un problema en el taller de trabajo donde el dueño o secretario de la empresa, pública o privada, se lava las manos como Pilatos para admitir la división en el taller como herramienta de dominio: DIVIDE Y VENCERÁS… En este sentido, aunque el acoso afecta negativamente a la producción de la empresa, pública o privada, al menos que le conviene un ambiente de acoso es al trabajador. Sin embargo, al ser este un conflico que incluye a “pares”, se reduce la posibilidad de que los sindicatos intervengan y obligan al acosado(a) o víctima a intervenir como INDIVIDUO al espacio legal, dejando al afectado en una lucha solitaria.
Es decir, frente a los vientos de una política agresiva laboral en contra del empleo en las agencias públicas, por una continuidad en la ideología neoliberal, el “mobbing” se presenta ante los obreros como una posible agenda sistemática y masiva…
Detrás del “mobbing” existe un propósito oscuro: la degradación del trabajo de una persona para justificar su expulsión. Así, se crea un ambiente en el cual a una persona se le achacan unas faltas de manera tal que se justifique el acto de injusticia. Eva Ventín nos menciona las características de la víctima del “mobbing”:
Brillante, muy tabajador(a), atentamente competente, creativo(a), le gusta trabajar en equipo, carismático(a), con alto sentido de justicia, vida personal muy satisfactoria.
Ventín también menciona las características del acosador:
El Acosador o acosadora aparenta siempre ser quien no es: 1) Aparenta ser un triunfador o una triunfadora. El éxito; 2) Aparenta ser un ser divino. La seducción; 3) Aparenta ser un(a) gran profesional. Pero, ¿Quién es Realmente?: 1) Un ser gris y anodino; 2) Un(a) Trepas; 3) Un(a) Incompetente; 4) UN M.I.A ( Mediocre Inoperante Activo) UN M.I.A ( Mediocre Inoperante Activo); 5) Un Lobo Con Piel de Cordero; 6) Un(a) Manipulador(a)
Sabemos algo acerca de las tácticas de represión de los patronos desde hace mucho, o sea, sabemos de la pata que cojea el patrono… Pero, los indicadores de las características del acoso laboral nos llevan a OTROS conflictos que enredan a “compañeros” de trabajo, que en el caso de Puerto Rico se acentúa por la alta politización o por la tribalidad de trabajadores que son desde miembros activistas de cada denominación ideológica partidista, hasta por ser miembros de gangas criminales (véase en la policía de Puerto Rico y aunque no se comenta mucho en la prensa, en otras agencias que tienen empleados que se dedican al comercio de la droga).
En estas condiciones de trabajo, la unión de los trabajadores es un objetivo difícil de alcanzar… Y EL PATRONO LO SABE… Así, debemos prepararnos como INDIVIDUOS a sentir el golpe patronal, ya que nos espera una tormenta donde la solidaridad obrera estará hablando en voz baja… Esta tormenta es una continuidad en la ola que hemos visto crearse desde hace ya mucho tiempo, y que incluye la complicidad de las tres ramas gubernamentales que están dirigidas por los grandes intereses coloniales y económicos desde Puerto Rico y desde la Metrópoli.
Eva Ventín nos refirió por correo una reflexión desde España que publicó en su página Web titulado “La Unidad Sindical y el mobbing”.
***COMIENZA LA REFLEXIÓN DE EVA***

Ni sindicatos, ni medios de comunicación (ninguno de ellos es ajeno al problema por cierto), se hicieron eco de esta lacra con rango de crimen impune de cuya existencia y de su gravedad a nadie le cabe duda ya, independientemente de su dificultad probatoria o su falta de legislación específica y tipificación penal (muy próxima).
En mi humilde opinión esto es un síntoma nada halagüeño para su erradicación.
El trabajador o trabajadora (indefinidos) que son sometidos a violencia laboral tienen que abandonar el puesto de trabajo por la puerta de atrás, perdiendo el derecho a su indemnización (objetivo del mobbing) y con un futuro laboral y por lo tanto económico incierto.
Son, en la mayoría de los casos, trabajadores y trabajadoras con muchos años en la empresa (lo que les hace objetivo), y que a una edad madura se ven en la calle, con lo que reincorporarse en el mercado laboral no es tarea fácil y, para colmo de los males, el mobbing no termina con la salida del trabajador de la empresa pues los hostigadores y quienes ampararon el hostigamiento deberán mantener su rumorología difamatoria (que ataca a su reputación de buen profesional) para justificar la autoexclusión de la víctima de la organización laboral.
La unidad hace la fuerza es el mensaje de los sindicatos que poco o nada ha calado entre la clase obrera, que al mismo tiempo ha perdido la conciencia de pertenencia al grupo de los menos favorecidos frente a una clase empresarial que desde los años noventa ha incrementado su poder.
Hoy, desgraciadamente, para cualquier proceso laboral no sobran los testigos entre los compañeros del trabajador afectado (algo impensable en cuestión de mobbing)
Mil novecientos noventa y cuatro es el punto de partida de esa disminución ya incesante, de derechos laborales , de la pérdida en definitiva del carácter tuitivo del derecho del trabajo.
Fue entonces cuando se introdujo la temporalidad es decir, inestabilidad y la precariedad en el trabajo. Hubo protestas sindicales pero lo paradójico es que los sindicatos también, como cualquier otra empresa, hicieron uso y abuso de este nuevo instrumento (doy fe como ex trabajadora de una fundación, sindical, en la que lo corriente eran los contratos temporales).
En el año 2002 el “decretazo” fue otra vuelta de tuerca con la desaparición de los salarios de tramitación lo que abarata el despido improcedente. Improcedencia que por otro lado puede reconocer el propio empresario sin intervención judicial, lo que es una puerta abierta a pactos entre empresario y trabajador (a éste muchas veces no le queda más remedio) sospechosamente fraudulentos.
Poder de organización y dirección y ahora judicial para la clase empresarial y frente a esto poco le queda que reclamar al trabajador con ese reconocimiento empresarial. Yo preferiría que siguieran siendo los Jueces quienes impartieran justicia.
Con el Real Decreto 45/2002 no se contempla que las entidades Gestoras ante la reiteración abusiva o fraudulenta de contratos temporales por parte de una misma empresa a un mismo trabajador pudieran solicitar ante la autoridad judicial la declaración de la relación individual como indefinida y la readmisión del trabajador (Esto sí ocurría en el RD 5/2002) por lo que la protección de los trabajadores sufría un nuevo revés.
En las V Jornadas que AGACAMT celebró en Ferrol sobre el acoso moral en el trabajo representantes sindicales presentes entre el público, declaraban tener miedo a la hora de enfrentarse al empresario porque ellos también eran padres de familia, ¿acaso mucho de las víctimas no lo son?.
Cuando escribo este párrafo me viene a la memoria un familiar sindicalista que sufrió las balas de la policía con intención de muerte y tuvo que correr entre tejados mal herido en un conflicto laboral allá por el setenta y dos.Años del franquismo y que tal agresión hoy no tendría cabida.
***TERMINA LA REFLEXIÓN DE EVA***
